Acceso directo al Trámite
Descripción:Permite solicitar subvenciones para la realización de proyectos y/o actividades de cooperación para el desarrollo de los países del llamado tercer mundo de programación anual, de utilidad pública o interés social, a desarrollar durante el presente año en países del tercer mundo.
Área:Salud y Bienestar Social.
Dirigido a:Asociaciones debidamente constituidas.
Tipo de tramitación:Presencial y Electrónica.
Requisitos:Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las Asociaciones u organizaciones no gubernamentales que realicen actividades de cooperación, solidaridad y desarrollo de los países del tercer mundo, que se encuentren debidamente constituidas en la fecha de la solicitud.
Información sobre el trámite:Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Instancia.
b) Las entidades, en función de su proyecto de cooperación, deberán presentar un estudio de las actividades de apoyo al tercer mundo a realizar.
c) Resumen del proyecto de cooperación a realizar.
d) Estatutos de la entidad solicitante.
e) Certificados de inscripción en el Registro público correspondiente en función de la naturaleza de la asociación.
f) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la misma.
g) Autorización a favor del Ayuntamiento para solicitar a la Agencia Tributaria los certificados correspondientes a su situación fiscal.
h) Declaración jurada de las subvenciones recibidas para la misma actividad, con indicación de su importe, así como compromiso de comunicación al Ayuntamiento las que se obtengan en el futuro para la misma finalidad.
i) Declaración jurada de no incurrir en ninguna de las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los documentos señalados en los apartados d) y e) no será necesario aportarlos si ya obraren en poder del Ayuntamiento, siempre que se haga constar la fecha en que fueron presentados y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento que correspondan.
Toda la documentación exigida junto con la solicitud deberá aportarse original o fotocopia compulsada.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contando a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca.
El Ayuntamiento de Binéfar no concederá subvenciones a actividades que reciban otra ayuda del propio Ayuntamiento para la misma finalidad.
¿Cómo se tramita electrónicamente?- El ciudadano cumplimenta electrónicamente la Subvención para el desarrollo de los países del llamado “Tercer Mundo”, dirigida a este ayuntamiento.
- El ciudadano podrá adjuntar la documentación en formato electrónico que estime oportuno para su justificación. En el caso de querer adjuntar más de un documento podrá hacerlo enviando un archivo comprimido con todos ellos en formato zip o rar.
- El ciudadano recibirá una notificación en su correo electrónico de que el trámite se ha iniciado de forma correcta. Recibirá junto a esta un número identificativo para poder dirigirse a esta Administración y realizar consultas.
- El Área implicada del Ayuntamiento de Binéfar será notificada de la entrada de una solicitud de Subvención para el desarrollo de los países del llamado “Tercer Mundo”.
- El Área correspondiente examinará la solicitud y después procederá a la emisión de la resolución pertinente. Los solicitantes que hubiesen escogido ser notificados por correo electrónico tendrán conocimiento de la resolución por esta vía.
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Normativa Aplicable:- Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los interesados a los servicios públicos.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
- LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- REAL DECRETO 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BINEFAR.
- BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PAÍSES DEL LLAMADO TERCER MUNDO.