Acceso directo al Trámite
Descripción:
Trámite destinado a la solicitud de la licencia por parte de Personas físicas o jurídicas con intención de desarrollar una actividad que no requiera licencia ambiental de actividad clasificada.
Área:
Obras y Urbanismo.
Dirigido a:
La persona física o jurídica.
Tipo de tramitación:
Presencial y Electrónica.
Requisitos:
Podrá presentar la solicitud toda persona física o jurídica interesada o cualquier otra en su representación.
Esta representación podrá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.
Información sobre el trámite:
Las personas interesadas en la obtención de una licencia de apertura de establecimiento presentarán previamente, en el Registro General, la oportuna solicitud, con especificación de la actividad o actividades a desarrollar en el local.
Documentación:
- Solicitud de licencia
- Memoria descriptiva de la actividad a desarrollar, incluyendo relación de maquinaria a instalar y potencia.
- Plano de Local a escala 1/100 como mínimo.
- Certificado de Seguridad y Protección.
- Documento de Cesión de derechos en caso de traspasos.
- Deberá hacerse constar si es necesario realizar obras o instalaciones, y solicitar la correspondiente licencia de obras. Si no fuera necesario realizar obra alguna, se presentará una declaración jurada que así lo acredite y justifique.
Información sobre Tasas:
La Tasa por la solicitud de Licencia de Apertura correspondiente, cuota única, se liquidará por parte del Ayuntamiento en el momento de la concesión de la licencia.
El pago de la Tasa debe ser satisfecho:
- En la entidades bancarias concertadas por este ayuntamiento o bien pago mediante pasarela electrónica, una vez esté puesto en servicio.
- En las oficinas del Ayuntamiento de Binéfar en la sección de Caja. El horario de atención al público es de lunes a viernes de 10:00 a 14:00h.
El importe de las Tasas corresponderá con las establecidas en la Ordenanza Fiscal Nº-12 - REGULADORA DE LA TASA POR OBTENCIÓN DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS, INICIO DE ACTIVIDADES Y DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS.
¿Cómo se tramita electrónicamente?
- El ciudadano cumplimenta electrónicamente la solicitud de Licencia de Apertura dirigida a este ayuntamiento.
- El ciudadano podrá adjuntar la documentación en formato electrónico que estime oportuno para su justificación. En el caso de que quiera adjuntar más de un documento podrá hacerlo enviando un archivo comprimido con todos ellos en formato zip o rar.
- El ciudadano recibirá una notificación en su correo electrónico de que el trámite se ha iniciado de forma correcta. Recibirá junto a esta un número identificativo para poder dirigirse a esta Administración y realizar consultas.
- El Área implicada del Ayuntamiento de Binéfar será notificada de la entrada de una solicitud de licencia de Apertura.
- El Área correspondiente examinará la solicitud y después procederá a la emisión del tipo de licencia solicitado. Los solicitantes que hubiesen escogido ser notificados por correo electrónico tendrán conocimiento de la resolución por esta vía.
Acceso directo al Trámite
Normativa Aplicable:
- Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
- Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón.
- Ordenanza Fiscal Nº-12 - Reguladora de la Tasa por obtención de Licencia de Apertura de Establecimientos, Inicio de Actividades y de Establecimientos Públicos.