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Descripción:Permite solicitar Subvenciones, para la realización de proyectos deportivos de programación anual, de utilidad pública o interés social, a desarrollar durante el año 2010 en el municipio de Binéfar.
Área:Deporte.
Dirigido a:Asociaciones y Agrupaciones, clubes y demás entidades sin ánimo de lucro debidamente constituidas.
Tipo de tramitación:Presencial y Electrónica.
Requisitos:Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las asociaciones, agrupaciones, clubes, y demás entidades sin ánimo de lucro, que se encuentren debidamente constituidas en la fecha de solicitud e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
Información sobre el trámite:Serán subvencionables aquellos proyectos deportivos de programación anual que impliquen entrenamientos periódicos, participación u organización actividades deportivas y/o competiciones oficiales y/o no oficiales.
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
a) Instancia según anexo I.
b) Las entidades, en función de su proyecto deportivo, deberán presentar los anexos que se detallan a continuación:
- Las entidades cuyo proyecto sea el desarrollo de escuelas de iniciación deportiva deberán presentar el ANEXO II A, (uno por cada escuela). En éste se realizará una descripción detallada de la actividad de la escuela deportiva. Se entenderá como escuela de iniciación deportiva aquella dirigida a jóvenes de hasta 18 años, con una frecuencia de entrenamientos semanal, de duración anual (temporada) y que tenga como objetivo principal la enseñanza de una modalidad deportiva. Los contenidos a indicar en el citado anexo son los que se relacionan a continuación: denominación, objetivos, actividades oficiales y no oficiales en las que participa u organiza, nº de deportistas, edad de los deportistas, duración y horario, lugar de realización, información acerca de lo técnicos, deportistas becados, desglose de gastos, e ingresos previstos.
- Las entidades cuyo proyecto sea el desarrollo de actividades deportivas generales deberán presentar el ANEXO II B, (uno por cada actividad). En éste se realizará una descripción detallada de cada una de ellas. Se entenderá como actividad deportiva general aquella de duración puntual, (una o varias jornadas) dirigida a deportistas de cualquier edad, o aquella de duración anual dirigida a adultos o mayores. Los contenidos a indicar en el citado anexo son los que se relacionan a continuación: denominación, objetivos, actividades oficiales y no oficiales en las que participa u organiza, nº de deportistas, edad de los deportistas, duración y horario, lugar de realización, información acerca de lo técnicos, deportistas becados, desglose de gastos, e ingresos previstos.
- En el caso de entidades que en su proyecto deportivo contemplen tanto escuelas de iniciación deportiva como actividades deportivas generales, deberán presentar ambos anexos.
c) Resumen del proyecto deportivo a realizar, según anexo III, y que tendrá el siguiente contenido:
- El ANEXO III A constituye un resumen de las escuelas de iniciación deportiva. Los contenidos a indicar en el citado anexo son los que se relacionan a continuación: denominación, objetivos, actividades oficiales y no oficiales en las que participa u organiza, nº de deportistas, edad de los deportistas, duración y horario, lugar de realización, información acerca de lo técnicos, deportistas becados, desglose de gastos, e ingresos previstos.
- El ANEXO III B constituye un resumen de las actividades deportivas generales. Los contenidos a indicar en el citado anexo son los que se relacionan a continuación: denominación, objetivos, actividades oficiales y no oficiales en las que participa u organiza, nº de deportistas, edad de los deportistas, duración y horario, lugar de realización, información acerca de lo técnicos, deportistas becados, desglose de gastos, e ingresos previstos.
- En el caso de entidades que en su proyecto deportivo contemplen tanto escuelas de iniciación deportiva como actividades deportivas generales, deberán presentar ambos anexos.
d) Declaración de número de deportistas según franja de edad.
e) Estatutos de la entidad solicitante.
f) Certificado de inscripción en el Registro General de Asociaciones de Diputación General de Aragón, cuando se trate clubes deportivos, agrupaciones o asociaciones deportivas.
g) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la misma, o en su caso autorización a favor del Ayuntamiento para solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social los certificados correspondientes a su situación fiscal.
h) Autorización a favor del Ayuntamiento para solicitar a la Agencia Tributaria los certificados correspondientes a su situación fiscal.
i) Declaración jurada de las subvenciones recibidas para la misma actividad, con indicación de su importe, así como compromiso de comunicar al Ayuntamiento las que se obtengan en el futuro para la misma finalidad.
j) Declaración jurada de no incurrir en ninguna de las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
k) Anexo IV el cual recoge información general de la entidad.
Los documentos señalados en los apartados e) y f) no será necesario aportarlos si ya obraren en poder del Ayuntamiento, siempre que se haga constar la fecha en que fueron presentados y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento que correspondan.
Toda la documentación exigida junto con la solicitud deberá aportarse original o fotocopia compulsada.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca.
¿Cómo se tramita electrónicamente?- El ciudadano cumplimenta electrónicamente la solicitud de Subvención, dirigida a este ayuntamiento.
- El ciudadano podrá adjuntar la documentación en formato electrónico que estime oportuno para su justificación. En el caso de querer adjuntar más de un documento podrá hacerlo enviando un archivo comprimido con todos ellos en formato zip o rar.
- El ciudadano recibirá una notificación en su correo electrónico de que el trámite se ha iniciado de forma correcta. Recibirá junto a esta un número identificativo para poder dirigirse a esta Administración y realizar consultas.
- El Área implicada del Ayuntamiento de Binéfar será notificada de la entrada de una solicitud de Subvención.
- El Área correspondiente examinará la solicitud y después procederá a la emisión de la resolución pertinente. Los solicitantes que hubiesen escogido ser notificados por correo electrónico tendrán conocimiento de la resolución por esta vía.
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Normativa Aplicable:- Ley 11/2007, de 22 de Junio, de acceso electrónico de los interesados a los servicios públicos.
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
- LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- REAL DECRETO 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA FOMENTO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS DURANTE EL AÑO 2010.
- ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE BINÉFAR.